MENÚ CERRAR

Noticia

17/03/2020 - Actuación de la dirección facultativa ante del COVID-19
Menéame
Boton de compartir en Facebook Enviar a un amigo

 

INSTRUCCIONES DE ACTUACIÓN DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS EN CURSO DE EJECUCIÓN ANTE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA CREADA POR EL COVID-19.

 

Atendiendo a las recomendaciones establecidas por las autoridades, y mientras no se especifiquen disposiciones concretas en materia de obras de construcción e instalaciones en ejecución, el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales recomienda adoptar las siguientes pautas, en consonancia con el RD 643/2020, para aquellos Ingenieros Industriales que ostenten la condición de Coordinador en materia de Seguridad y Salud o asuman dichas funciones como parte de la dirección facultativa de la ejecución de obras de construcción e instalaciones:

 

1.- Conforme al Deber de Cooperación (art. 4 del R.D. 171/2004) inherente a todos los empresarios concurrentes en un centro de trabajo, y como medio de coordinación, el Ingeniero Industrial que ostente la condición de Coordinador en materia de Seguridad y Salud está en la obligación de facilitar información e instrucciones en materia de seguridad y salud (art. 7, 8 y 11 del R.D. 171/2004), debiéndolas recoger en el libro de control y seguimiento de la actividad preventiva habilitado a los efectos, el Libro de Incidencias (art. 13 R.D. 1627/1997).

 

Si la obra de construcción o instalaciones no dispusiera de proyecto, el Coordinador en materia de Seguridad y Salud podrá habilitar actas de control y seguimiento para llevar a cabo el deber que le es intrínseco.

 

2.- El ingeniero industrial que ostente la condición de coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o asuma dichas funciones como parte de la dirección facultativa de la misma, en el ámbito de sus obligaciones a que se refiere el artículo 9 del RD 1627/1997, de 24 de octubre, deberá solicitar al/ a las empresa/s contratista/s y jefe/s de obra a fin de que, en el citado ámbito de actuación, le comuniquen las medidas de prevención de riesgos laborales que han adoptado frente al COVID-19, y si tales medidas, a juicio de su/s servicio/s de prevención propio o ajenos, son suficientes para garantizar la salud de los trabajadores y personas que acudan a la obra. Se informará al constructor, al jefe de obra, y en su caso, a los recursos preventivos, el derecho que asiste a los trabajadores, previsto en el artículo 21.2 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo si consideran que dicha actividad entraña un riesgo grave para su vida o su salud.

 

3.- Deberá solicitarse se acredite por la/s empresa/s contratista/s, el jefe de obra o la persona designada por la/s empresa/s contratista/s y el/los recurso/s preventivo/s si pueden desarrollarse con garantías de seguridad y salud la totalidad de la obra, o determinadas actividades de la misma, para preservar y garantizar las medidas y condiciones de seguridad y salud de los trabajadores y personal que acuda a la obra.

 

4.- Las medidas y condiciones que necesariamente deben adoptarse para garantizar la salud de trabajadores y personal de la obra y evitar la propagación del virus han de ser las que vienen requeridas por los protocolos sanitarios oficiales y en concreto, las que señala la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad, sin perjuicio de las indicadas por las Autoridades Autonómicas y Locales o las desarrolladas por.

 

En todo caso, y en particular, deberá acordarse:

 

Extremar al máximo la higiene de manos con agua y jabón o solución hidroalcohólica.

 

 

Ordenar la desinfección de zonas de aseo comunitarias.

 

 

Garantizar la distancia de seguridad entre trabajadores de un metro.

 

 

Evitar aglomeraciones o agrupaciones de los trabajadores, que supongan un contacto entre los mismos, tanto en obra como en todas las dependencias e instalaciones de la misma.

 

 

Establecer los protocolos de protección de trabajadores y personal de la obra y también controles de medición de la temperatura a la entrada de la misma.

 

 

En el momento de constatar el menor indicio de que algún trabajador o personal de la obra presente síntomas de la enfermedad, se seguirá rigurosamente el protocolo sanitario establecido. De confirmarse que alguna persona haya dado positivo en las pruebas de comprobación de la enfermedad, la/s empresa/s contratista/s paralizarán inmediatamente todos los trabajos y lo comunicará al Coordinador en materia de Seguridad y Salud y a todos los miembros de la dirección facultativa, así como a las subcontratas y autónomos que hayan podido estar en la obra durante los últimos 15 días.

 

 

En su caso, la/s empresa/s contratista/s, pudiendo asesorarse con el/los servicio/s de prevención propio o ajeno, deberá modificar, adaptando el Plan de Seguridad y Salud a la crisis sanitaria, con el objeto de contemplar los aspectos técnicos, cambios organizativos y/o de cualquier otra índole, que sea preciso implementar como consecuencia de las medidas indicadas o aquellas otras que se juzgue necesario incorporar a la obra.

 

5.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del RD 1.697/1997, el coordinador de la seguridad y salud, durante la ejecución de la obra o en su caso el ingeniero industrial que asuma dichas funciones como parte de la dirección facultativa de la obra, adoptará las siguientes decisiones: a) la continuidad de la obra, si a juicio del contratista y del jefe de obra o la persona designada por el contratista, se pueden asegurar las medidas de prevención adecuadas para garantizar la salud de los trabajadores y personal de la obra; b) en otro caso, si observase incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, deberá advertir al contratista de ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del RD 1.697/1997, dejando constancia de tal incumplimiento en el Libro de Incidencias y quedando facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, disponer la paralización de los tajos, o en su caso, de la totalidad de la obra, dando cuenta a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, al contratista y, en su caso, a los subcontratistas afectados por la paralización, así como a los representantes de los trabajadores de estos, acometiendo, exclusivamente, las actuaciones imprescindibles que garanticen la seguridad de la obra y su conservación mientras dure la paralización. La paralización de la obra, a su vez, se comunicará al Promotor correspondiente donde se ubique la obra.

 

6.- En caso de obras de construcción o instalaciones en donde concurren trabajadores del Empresario Titular o Promotor, además de las indicaciones contenidas en este documento se deberán establecer medidas de cooperación conjuntas y seguir las instrucciones que la propiedad haya establecido.

 

7.- Todo lo anterior debe recogerse en el Libro de Control y Seguimiento de la actividad preventiva de la obra, el Libro de Incidencias, o, en obras sin proyecto, quede debidamente reflejado en un acta firmada, además de por la dirección facultativa, la/s empres/s contratista/s, el/los jefe/s de obra y el promotor y, en su caso, el project manager.


Fuente


Otras noticias del sector

15/04/2024 - La Fundación Caja Ingenieros lanza la 7ª Edición del ‘Premio Ideas Innovadoras Isabel P. Trabal’

 

La Fundación Caja Ingenieros abre el plazo de inscripción para una nueva convocatoria del ‘Premio Ideas Innovadoras Isabel P. Trabal'. El concurso, que este año alcanza su 7ª edición, impulsa el desarrollo de proyectos emprendedores en fase inicial y cuenta en esta ocasión con una dotación económica de 10.000€ para la idea ganadora y 5.000€ más ...


Más información

11/04/2024 - Tecnologías de realidad extendida para la fábrica del futuro

 

La llegada de la cuarta revolución industrial y la introducción de los robots en los procesos de fabricación han puesto de relieve la importancia de una interacción eficaz entre robots y humanos. Dado que las tecnologías de realidad extendida (RX) son fundamentales para que los robots industriales trabajen bien con los humanos en proximidad, la enseñanza ...


Más información

09/04/2024 - Los Ingenieros Industriales homenajean a todos los Presidentes de su Consejo General en los 75 años de su existencia

 

Hoy, 9 de abril de 2024 se cumplen 75 años desde que el Ministerio de Industria y Comercio autorizó la constitución de los Colegios de Ingenieros Industriales y su coordinación a través del, llamado hoy, Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales.

 

Dentro de los actos de este aniversario, el Consejo ha ...


Más información

09/04/2024 - El grupo de ingeniería SEGULA Technologies prevé contratar 850 nuevos empleados en la Península Ibérica este año

 

El grupo de ingeniería global SEGULA Technologies acaba de anunciar sus previsiones de contratación en Iberia en 2024: concretamente 850 nuevos empleados, que se unirán a los más de 1.300 que el grupo tiene en la Península Ibérica.

 

SEGULA Technologies es un grupo de ingeniería global que contribuye a aumentar la competitividad ...


Más información

09/04/2024 - La IX edición de los “Premios a la Excelencia Trabajos Fin de Grado de la Comunidad de Madrid” del COGITIM reconocen el talento, la sostenibilidad y la innovación.

 

El Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid (COGITIM)  celebró el miércoles 3 de abril, el acto de entrega de los “Premios Excelencia a los mejores  Trabajos Fin de Grado de la Comunidad de Madrid (Curso 2021-2022)”, un certamen en el que se han presentado 30 proyectos y han participado 13 Universidades y Escuelas Técnicas de ...


Más información


Banner Bolsa de Trabajo

SUBMETER 4.0

ISF

3S

Prosener

Joole

Portal de Energia

Nanomedicinas

Nanomedicinas

 

Nanotechnology Projects

Application & Drug Delivery


http://www.nanomedicinas.com/

email Ingenieros

ACNUR Submeter ESI

Esta web utiliza cookies con el fin de facilitar y mejorar la navegación a sus usuarios.

Esta web utiliza 'cookies' propias y de terceros para ofrecerte una mejor experiencia y servicio.
Al navegar o utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las 'cookies'. Sin embargo, puedes cambiar la configuración de 'cookies' en cualquier momento. Política de Cookies

Acepto las cookies

POLÍTICA DE COOKIES

En cumplimiento de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) y en adecuación con la Directiva Europea 2009/136/CE, le informamos de la utilización de cookies en la presente web con el fin de facilitar y mejorar la navegación a los usuarios.

¿QUÉ SON LAS COOKIES?

Una cookie es un fichero que se descarga en su ordenador al acceder a determinadas páginas web. Las cookies permiten a una página web, entre otras cosas, almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información que contengan y de la forma en que utilice su equipo, pueden utilizarse para reconocer al usuario.

¿QUÉ TIPOS DE COOKIES UTILIZA NUESTRA WEB?

  • Cookies de rendimiento: Estas cookies se utilizan para mejorar su experiencia de navegación y optimizar el funcionamiento del sitio web. Almacenan configuraciones de servicios para que no tenga que reconfigurarlos cada vez que visite este sitio web.
  • Cookies de análisis: Son aquéllas que bien tratadas por nosotros o por terceros, nos permiten cuantificar el número de usuarios y así realizar la medición y análisis estadístico de la utilización que hacen los usuarios del servicio ofertado. Para ello se analiza su navegación en nuestra página web con el fin de mejorar la oferta de productos o servicios que le ofrecemos.

¿CÓMO GESTIONAR LAS COOKIES DE SU NAVEGADOR?

Puede usted permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su ordenador.

ACEPTACIÓN DE COOKIES

Usted, una vez informado sobre la Política de Cookies, puede aceptar la utilización de las mismas por parte de esta web. Sin embargo, puede cambiar la configuración de cookies en cualquier momento, configurando su navegador para aceptar, o no, las cookies que recibe o para que el navegador le avise cuando un servidor quiera guardar una cookie.

Le informamos que en el caso de bloquear o no aceptar la instalación de cookies, es posible que ciertos servicios no estén disponibles sin la utilización de éstas o que no pueda acceder a determinados servicios ni tampoco aprovechar por completo todo lo que nuestras web le ofrece. Además del uso de cookies propias, permitimos a terceros establecer cookies y acceder a ellas en su ordenador.

Le agradecemos que consienta la aceptación de cookies, esto nos ayuda a obtener datos más precisos que nos permiten mejorar el contenido, así como mejorar la usabilidad de la web.

En caso de que este sitio web prestara algún tipo de servicio especial en el que determine unas previsiones específicas diferentes a éstas en lo relativo a la protección de datos personales y la utilización de cookies, prevalecerán las normas particulares indicadas para ese servicio en particular sobre las presentes.

Al acceder a este sitio web por primera vez verá una ventana donde se le informa de la utilización de las cookies, y donde puede consultar la presente "Política de cookies". Si usted acepta expresamente la utilización de cookies, continúa navegando o hace clic en algún link se entenderá que usted ha consentido nuestra política de cookies y por tanto la instalación de las mismas en su equipo o dispositivo.

ACTUALIZACIÓN DE NUESTRA POLÍTICA DE COOKIES

Es posible que actualicemos la Política de Cookies de este sitio web, por ello le recomendamos revisar esta política cada vez que acceda al mismo con el objetivo de estar adecuadamente informado sobre cómo y para qué usamos las cookies. La Política de Cookies se actualizó por última vez el 02 de Septiembre de 2013.

Hosting Lampung Jasa Rekber